La Hacienda Pública en Venezuela.

Julio R. Ramírez C.

¿Qué es la Hacienda Pública?

Según Roldán (22018), la Hacienda, en el área fiscal, se refiere al conjunto de organismos públicos encargados de obtener recursos monetarios necesarios para poder financiar las actividades del Estado. La hacienda es parte de la administración pública y su función principal consiste en recaudar recursos y hacerlos llegar a las arcas del Estado. También se conoce como agencia tributaria.


¿Cuál es la misión de la Hacienda Pública?

La hacienda es la encargada de aplicar el sistema tributario vigente en un país con el fin de recaudar, gestionar y controlar los gastos del Estado. No tiene atribuciones para elaborar y aprobar las normas tributarias, su función se limita a aplicarlas correctamente. Asimismo, no es la encargada de decidir la asignación de los recursos a las distintas actividades o proyectos del Estado.

¿Qué objetivos tiene la Hacienda?

Los objetivos centrales de hacienda dependen de las prioridades que establezca el gobierno. No obstante, en la mayoría de los países modernos, los objetivos se enfocan en lo siguiente:

·         Mejorar la distribución de los recursos: Lo anterior incluye proveer de servicios básicos a los sectores más desprotegidos y fomentar el bienestar general de la población.

·         Estabilidad: Que las cuentas del Estado estén ordenadas y los gastos sean financiables.

·         Desarrollo a largo plazo: Fomentar el desarrollo económico que incluye la inversión e innovación.

Importancia de la tecnología para la Hacienda hoy día.

Con el desarrollo tecnológico las actividades de hacienda se han vuelto más accesibles y eficientes. Muchos de los trámites que incluyen la declaración y pago de impuestos, pago por servicios del Estado y otros se pueden hacer online. 

A lo anterior se agrega que la tecnología ha ayudado a hacienda a tener un mejor control de la evasión, cotejando información de distintas fuentes de las personas y empresa obligadas al pago de impuestos.


La Hacienda Pública Nacional, Estadal y Municipal en Venezuela

La Hacienda Pública Nacional comprende los bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nación, y todos los demás bienes y rentas cuya administración corresponde al Poder Nacional. La Hacienda, considerada como persona jurídica, se denomina Fisco Nacional (art. 1 Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional de Venezuela).

Por lo que refiere a la Hacienda Pública Estadal, esta comprende los bienes, ingresos y obligaciones que conforman el activo y el pasivo de cada estado y todos los demás bienes e ingresos cuya administración les corresponde.

Mientras que, como toda entidad pública, el municipio requiere de un patrimonio para la realización de la gestión diaria. Ahora bien, de la misma forma el municipio también debe elaborar su presupuesto, con miras a llevar a cabo los quehaceres diarios en forma organizada y que pueda alcanzar para el período de ejercicio económico financiero: enero a diciembre de cada año.

En primer lugar, la Hacienda Municipal está conformada – desde una concepción jurídica – por las disposiciones que aparecen en el Texto Constitucional, donde señala que las disposiciones en el ámbito económico y financiero, serán aplicables a los estados y municipios.

En este sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) específicamente en el artículo 311, indica que la gestión fiscal debe realizarse bajos los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Donde el presupuesto de la nación debe contar con un equilibrio de modo que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios. Además, El Ejecutivo Nacional presentará el presupuesto a la Asamblea Nacional, para su sanción legal, estableciendo los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales.

Un aspecto a destacar del artículo 311, es la denotación explícita de que los ingresos obtenidos por la explotación de la riqueza del subsuelo y los minerales, en general, deberá financiar la inversión real productiva, la educación y la salud.

En relación al artículo 314 de la CRBV, es preciso al señalar que no se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la ley de presupuesto. Sólo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto para gastos necesarios no previstos. En pocas palabras, el marco constitucional establece y promueve la eficiencia para el manejo de los recursos nacionales plasmados en el presupuesto de la Nación. Sin embargo, la realidad supera por amplio margen a los marcos legales existentes.





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